Inicio POLITICA CAMBIO DE REGLAS ELECTORALES EN PROCESO DE ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES 2022

CAMBIO DE REGLAS ELECTORALES EN PROCESO DE ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES 2022

789
0
Compartir

En la siguiente nota, Gaceta Constitucional y Procesal Constitucional nos presenta el cambio de reglas electorales en proceso de Elecciones Municipales y Regionales 2022, referido a la ampliación excepcional del plazo para la presentación de listas de candidatos.
El 29 de abril de 2022, se remitió la autógrafa del Proyecto de Ley 1756/2021-CR al Poder Ejecutivo, la cual establece la ampliación excepcional del plazo para la presentación de listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales 2022. El texto sería el siguiente:
Excepcionalmente, se autoriza al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a disponer la apertura del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes -SIJE Declara Internas- por el término de 2 días calendario para la presentación o modificación de listas de candidatos a elecciones internas.
La apertura del sistema al que hace referencia el párrafo anterior es dispuesta dentro del día siguiente a la publicación de la ley.
Artículo 2. Plazo excepcional para la realización de elecciones internas complementarias
Las elecciones internas para elegir candidatos a las Elecciones Regionales y Municipales del año 2022 a las que hace referencia el numeral 3 de la Novena Disposición Transitoria de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, se llevan a cabo en la fecha programada.
De no ser posible su realización, se desarrollan elecciones internas complementarias hasta 10 días antes de la fecha límite para inscripción de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales, conforme al cronograma electoral elaborado por el JNE.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Fichas de afiliación a organización política
Para efectos de la presente norma, se consideran válidas las fichas de afiliación a organización política, tanto en formato físico como en digital, siempre que hayan sido presentadas hasta el 05 de enero de 2022.
SEGUNDA. Regla para la aplicación de la ley
Se suspende la aplicación de las normas con rango de ley y de inferior jerarquía que se opongan a lo dispuesto en la presente norma.
¿Cuáles son las posturas de las bancadas?
A favor de dicho proyecto se mostraron los congresistas de Acción Popular, Perú Libre, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso y Renovación Popular, partidos que no habrían logrado inscribir precandidaturas en las 25 regiones.
Por otro lado, los votos en contra fueron de congresistas de Avanza País, Perú Democrático, Somos Perú, Partido Morado (no agrupados) y Cambio Democrático.
El Ejecutivo tendría hasta el 23 de mayo para promulgar o, en su defecto, observar la autógrafa, conforme al artículo 108 de la Constitución. No obstante, las elecciones internas serían el día 15 de mayo.
Críticas
Dentro del Congreso, la parlamentaria Ruth Luque, vocera de Juntos por el Perú, requirió al Ejecutivo observar la autógrafa en tanto sería una ley “con nombre propio”. Sumado a ello, la bancada Somos Perú se expresó en contra de la reforma electoral, manifestando que se estarían modificando las reglas de juego, transgrediendo el calendario electoral.
Asimismo, la Defensoría del Pueblo manifestó que esta autógrafa debía observarse en tanto “ampliar los plazos de la inscripción de candidaturas y modificar las reglas de las elecciones internas, a solo unos días de su realización, pone en riesgo la ejecución misma del proceso electoral”, haciendo énfasis en el principio de seguridad jurídica, que implica los plazos preclusivos y perentorios.
Posibles escenarios
De ser promulgada antes de las elecciones, los organismos electorales tendrían que adoptar las medidas necesarias para darle cumplimiento a la norma, lo cual, según su pronunciamiento oficial del día 3 de mayo, implicaría costos elevados en recursos.
De no ser aprobada antes de las elecciones, el proyecto contempla el escenario de las elecciones complementarias.
Si la autógrafa fuera finalmente promulgada, se ha planteado la posibilidad de que el JNE realice control difuso de la misma, inaplicándola en el caso concreto de las Elecciones 2022.
Al respecto, la especialista en derecho electoral, Ana Neyra, ha sostenido que es posible la aplicación de control difuso a dicha norma, en tanto el JNE es un órgano jurisdiccional, a lo cual se adhiere el profesor Renzo Cavani[1].
Además, de ser aprobada y convertirse en una ley vigente, esta podría ser objeto de un proceso de inconstitucionalidad, ya que no se habría cumplido con el procedimiento debido para su aprobación, en tanto modifica una ley orgánica sin dictamen. Asimismo, también se cuestiona la contravención al principio de preclusión, propio de los procesos electorales.
Cortesio(La Ley)